Las entidades jurídicas del sector privado con más de 50 empleados deberán establecer canales de denuncia internos sobre aspectos relacionados con la corrupción o delitos económicos o sobre protección medioambiental, salud pública, protección de datos personales, etc.
La transposición por parte de los Estados miembros (no más allá del 17 de diciembre de 2023) deberá incluir sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias aplicables a quienes impidan la realización de denuncias.
https://www.boe.es/doue/2019/305/L00017-00056.pdf